Análisis de las verdades eternas del Magisterio de la Iglesia sobre el matrimonio
Para ayudar a los fieles a conocer lo que la Iglesia Católica, hasta hace poco tiempo, enseñaba firmemente sobre la admisión de los divorciados y vueltos a casar a los sacramentos de penitencia y eucaristía, proporcionamos declaraciones y citas que reafirman claramente el magisterio constante de la Iglesia sobre esta cuestión tan grave.
Como informamos recientemente, cuatro cardenales: el estadounidense Raymond Leo Burke, los alemanes Walter Brandmueller y Joachim Meisner, y el italiano Carlo Caffarra, dirigieron una carta y una serie de dudas al Papa Francisco en busca de claridad respecto a ciertos pasajes controversiales contenidos en la Exhortación Apostólica Amoris Laetitia. A lo largo de los documentos, los cardenales hacen referencia a distintas secciones del magisterio que parecen estar en contradicción con algunas partes de la exhortación del Papa Francisco.
Referencias al Magisterio reciente
Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Familiaris consortio, noviembre 22, 1981, §84.
La reconciliación en el sacramento de la penitencia —que les abriría el camino al sacramento eucarístico— puede darse únicamente a los que, arrepentidos de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma de vida que no contradiga la indisolubilidad del matrimonio. Esto lleva consigo concretamente que cuando el hombre y la mujer, por motivos serios —como, por ejemplo, la educación de los hijos—, no pueden cumplir la obligación de la separación, ‘asumen el compromiso de vivir en plena continencia, o sea, de abstenerse de los actos propios de los esposos’.”
Catecismo de la Iglesia Católica, 1992, #1650.
Hoy son numerosos en muchos países los católicos que recurren al divorcio según las leyes civiles y que contraen también civilmente una nueva unión. La Iglesia mantiene, por fidelidad a la palabra de Jesucristo ("Quien repudie a su mujer y se case con otra, comete adulterio contra aquélla; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio", Mc 10,11-12), que no puede reconocer como válida esta nueva unión, si era válido el primer matrimonio. Si los divorciados se vuelven a casar civilmente, se ponen en una situación que contradice objetivamente a la ley de Dios. Por lo cual no pueden acceder a la comunión eucarística mientras persista esta situación, y por la misma razón no pueden ejercer ciertas responsabilidades eclesiales. La reconciliación mediante el sacramento de la Penitencia no puede ser concedida más que a aquellos que se arrepientan de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo y que se comprometan a vivir en total continencia".
Siguiendo el mismo criterio: Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Reconciliatio et pœnitentia, 1985, §34.
Basándose en estos dos principios complementarios, la Iglesia desea invitar a sus hijos, que se encuentran en estas situaciones dolorosas, a acercarse a la misericordia divina por otros caminos, pero no por el de los Sacramentos de la Penitencia y de la Eucaristía, hasta que no hayan alcanzado las disposiciones requeridas.
Para todos aquellos que no se encuentran actualmente en las condiciones objetivas requeridas por el Sacramento de la Penitencia, las muestras de bondad maternal por parte de la Iglesia, el apoyo de actos de piedad fuera de los Sacramentos, el esfuerzo sincero por mantenerse en contacto con el Señor, la participación a la Misa, la repetición frecuente de actos de fe, de esperanza y de caridad, de dolor lo más perfecto posible, podrán preparar el camino hacia una reconciliación plena en la hora que sólo la Providencia conoce".
Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta a los Obispos de la Iglesia Católica sobre la recepción de la Santa Comunión por los fieles divorciados y vueltos a casar, septiembre 14, 1994. No. 4:
Fiel a la palabra de Jesucristo, la Iglesia afirma que no puede reconocer como válida esta nueva unión, si era válido el anterior matrimonio. Si los divorciados se han vuelto a casar civilmente, se encuentran en una situación que contradice objetivamente a la ley de Dios y por consiguiente no pueden acceder a la Comunión eucarística mientras persista esa situación".
Consejo Pontificio para los Textos Legislativos, Declaración Sobre la Admisión a la Sagrada Comunión de los fieles divorciados y vueltos a casar, junio 24, 2000.
En el caso concreto de la admisión a la sagrada Comunión de los fieles divorciados que se han vuelto a casar, el escándalo, entendido como acción que mueve a los otros hacia el mal, atañe a un tiempo al sacramento de la Eucaristía y a la indisolubilidad del matrimonio. Tal escándalo sigue existiendo aún cuando ese comportamiento, desgraciadamente, ya no cause sorpresa: más aún, precisamente es ante la deformación de las conciencias cuando resulta más necesaria la acción de los Pastores, tan paciente como firme, en custodia de la santidad de los sacramentos, en defensa de la moralidad cristiana, y para la recta formación de los fieles".
Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica, 2005, #349.
¿Cuál es la actitud de la Iglesia hacia los divorciados vueltos a casar?
Fiel al Señor, la Iglesia no puede reconocer como matrimonio la unión de divorciados vueltos a casar civilmente. «Quien repudie a su mujer y se case con otra, comete adulterio contra aquella; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio» (Mc 10, 11-12). Hacia ellos la Iglesia muestra una atenta solicitud, invitándoles a una vida de fe, a la oración, a las obras de caridad y a la educación cristiana de los hijos; pero no pueden recibir la absolución sacramental, acercarse a la comunión eucarística ni ejercer ciertas responsabilidades eclesiales, mientras dure tal situación, que contrasta objetivamente con la ley de Dios".
Benedicto XVI, Exhortación Apostólica Sacramentum Caritatis, febrero 22, 2007, §29.
El Sínodo de los Obispos ha confirmado la praxis de la Iglesia, fundada en la Sagrada Escritura (cf. Mc 10, 2-12), de no admitir a los sacramentos a los divorciados casados de nuevo, porque su estado y su condición de vida contradicen objetivamente esa unión de amor entre Cristo y la Iglesia que se significa y se actualiza en la Eucaristía".
Conclusión
Como se puede constatar, todavía hasta el pontificado de Benedicto XVI, la Iglesia no vacilaba en reafirmar oficialmente sus enseñanzas perennes, no sólo sobre la indisolubilidad del matrimonio, sino además sobre los requisitos necesarios para recibir los sacramentos de penitencia y eucaristía. Aquellos interesados en leer más a fondo sobre la confusión sembrada por Amoris Laetitia pueden consultar la dubia de los cuatro cardenales anteriormente mencionada, así como los siguientes documentos.
Fuente: District of the U.S.A.