El celibato eclesiástico
Una infeliz respuesta del papa Francisco a un periodista ha dado a entender que la ley sobre el celibato eclesiástico podría ser objeto de revisión, si no de abolición.
El cardenal Alfonso María Stickler publicó en italiano en 1994 un libro interesantísimo titulado Il celibato ecclesiastico. La sua storia e i suoi fondamenti teologici (Ciudad del Vaticano, Librería Editrice Vaticana) [Traducción en castellano: El celibato eclesiástico. Su historia y sus fundamentos teológicos, en “Scripta Theologica”, 26 (1994), pp. 13-78)]. En este artículo lo resumiremos para que nuestros lectores puedan tener una idea clara sobre la naturaleza del celibato eclesiástico, sobre su institución y sobre la diferencia entre la Iglesia Latina y la Oriental respecto a este problema.
Origen del celibato
Por lo que respecta al celibato eclesiástico, algunos autores lo presentan como de origen divino; otros como una mera institución eclesiástica disciplinar de la Iglesia Latina más estricta respecto a la Iglesia Católica Oriental.
Del celibato eclesiástico nace una doble obligación: 1º) no casarse y 2º) no usar más de un eventual matrimonio precedentemente contraído. En efecto, de la Sagrada Escritura se desprende que en la Iglesia primitiva la ordenación de hombres casados era una cosa frecuente dado que San Pablo prescribe a sus discípulos Tito y Timoteo que los candidatos debían haber estado casados solamente una vez. De san Pedro por lo menos sabemos ciertamente que estaba casado.