La cuestión del papa hereje - 5
Sobre la base de las 4 partes anteriores, examinemos si la Iglesia promulga oficialmente enseñanzas heréticas a través de Amoris Laetitia.
El reverendo padre Jean-Michel Gleize ha sido profesor en el Seminario de San Pío X, de la FSSPX, en Econe, Suiza, durante 20 años; actualmente imparte eclesiología. Es autor de numerosos artículos en Courrier de Rome y es asesor de la comisión responsable de las discusiones doctrinales con la Santa Sede.
Parte 5: ¿El papa Francisco es hereje?
Identificando la herejía
Llamar a un adversario "hereje" podía ser un término de moda en un cierto contexto eclesial que ha quedado atrás. Para decirlo más precisamente, los hombres de la Iglesia, fueran o no teólogos, tenían su repertorio de insultos. Las invectivas se encuentran en todos los tiempos y en todas las profesiones. En el Evangelio, podemos encontrar varios de ellos, incluso en los labios del Verbo Encarnado. Podríamos decir que es una pena que se haya vuelto algo tan poco común, desde el último Concilio, y lamentarnos por los guantes de seda y la dulzura que prevalece ahora en los diálogos interconfesionales.
El uso de la injuria debería seguir siendo legítimo, siempre y cuando no se yerre sobre su significado, que será siempre limitado. Muy a menudo, ésta se queda muy por debajo de su valor original y no es más que el último recurso de los que han agotado todos sus argumentos y quieren evitar a toda costa el desprestigio. Y no estamos hablando de demonización, que es una forma de manipulación a gran escala. En pocas palabras, tal vez nos estamos adentrando un poco en la retórica en esta cuestión y, si se quiere ver así, saliendo del ámbito de la teología, propiamente hablando. La retórica puede servir de apoyo a la teología, y esa es precisamente la base de su legitimidad, pero nunca podría reemplazarla, y mucho menos disimular su ausencia.
Para ser “Hereje”, se necesita estar en contradicción con la Verdad definida.
Es diferente con la censura doctrinal: esta última es una expresión técnica, hace parte de la terminología a la que recurren los especialistas para dar una evaluación tan precisa como sea posible. El término "herético" corresponde al lenguaje específico usado por el teólogo; en este sentido se aplica a una persona cuyos actos y palabras manifiestan suficientemente un rechazo o un cuestionamiento de la Verdad revelada que es propuesta por el Magisterio infalible de la Iglesia. Se aplica también, por consiguiente, o por extensión de su significado, a una proposición que contradice manifiestamente el dogma.
Por lo tanto, aplicar este tipo de término a una persona o a una proposición implica que se haya verificado previamente el rechazo o la contradicción en cuestión. Lo importante no es solamente si existe o no un rechazo o una contradicción, sino verificar también si este rechazo o contradicción está relacionado de forma precisa con algún dogma, es decir, con una verdad no sólo revelada sino también propuesta como tal por un acto infalible del Magisterio eclesiástico. Eso explica toda la complejidad del asunto que se esconde detrás de la palabra.
El caso del Papa Francisco
La pregunta que nos hacemos aquí es extremadamente precisa: ¿merece el Papa Francisco este término a los ojos de la simple teología, como cualquier miembro de la Iglesia docente puede practicarla por sus capacidades reales y reconocidas? ¿Y lo merece por lo que afirma en la exhortación apostólica Amoris laetitia? Cuarenta y cinco teólogos pensaron que estaban obligados a afirmarlo. Cuatro cardenales nos dan a entender claramente que, a menos que dé una respuesta satisfactoria a sus dubia, el Sumo Pontífice podría merecer la asignación de tal censura.
¿Qué podemos decir? Echemos un vistazo a las cinco dubia presentados por los cuatro cardenales y también a los pasajes correspondientes de Amoris laetitia cuyo significado está en duda. Para ser breves, y lo más claros posible, formularemos la idea esencial de cada dubium.
El primer dubium
El primer dubium plantea la cuestión relativa a los párrafos 300-305 de Amoris laetitia: ¿es posible dar la absolución y la comunión sacramental a las personas divorciadas y vueltas a casar que viven en adulterio sin arrepentirse? Para alguien que se adhiere a la doctrina católica, la respuesta es no. ¿Qué dice exactamente Amoris laetitia? El siguiente pasaje del par. 305 dice esto:
A causa de los condicionamientos o factores atenuantes, es posible que, en medio de una situación objetiva de pecado —que no sea subjetivamente culpable o que no lo sea de modo pleno— se pueda vivir en gracia de Dios, se pueda amar y también se pueda crecer en la vida de la gracia y la caridad, recibiendo para ello la ayuda de la Iglesia.”
(En una nota al pie de página se lee: “En ciertos casos, esto puede incluir la ayuda de los sacramentos. ‘Quiero recordar a los sacerdotes que el confesionario no debe ser una cámara de tortura sino un encuentro con la misericordia del Señor.’ (Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium, 44) También quiero señalar que la Eucaristía 'no es un premio para los perfectos, sino un generoso remedio y un alimento para los débiles' (ibid., 47).)
La duda surge aquí con la nota. No hay duda sobre el hecho de que la ignorancia no culpable del pecado excusa el pecado. Pero a los que son víctimas de esta ignorancia y, de ese modo, se benefician de esta excusa, la Iglesia ofrece primero la ayuda de su predicación y advertencias, la Iglesia empieza por acabar con la ignorancia al abrir los ojos de los ignorantes a la realidad de su pecado. La ayuda de los sacramentos sólo puede venir después, si y sólo si las personas anteriormente ignorantes, ahora instruidas en cuanto a la gravedad de su estado, han decidido hacer uso de los medios de conversión, y si tienen lo que se conoce como un propósito firme de enmienda. De lo contrario, la ayuda de los sacramentos sería inoperante, y también sería una situación objetiva de pecado.
Se trata pues de una duda (dubium) en el sentido más estricto del término, es decir, un pasaje que puede interpretarse de dos maneras. Y esta duda surge precisamente gracias a la expresión indefinida en la nota: “en ciertos casos”. Para disipar esta duda, es imprescindible indicar claramente cuáles son estos casos en los que la ayuda sacramental de la Iglesia es posible y afirmar que se trata de situaciones en las que los pecadores suficientemente iluminados ya han decidido abandonar la situación objetivamente pecaminosa.
El segundo dubium
El segundo dubium plantea la cuestión relativa al párrafo 304: ¿existen actos intrínsecamente malvados desde una perspectiva moral, que la ley prohíbe sin ninguna excepción posible? Para alguien que se adhiere a la doctrina católica, la respuesta es sí. ¿Qué dice exactamente Amoris laetitia? Par. 304, citando la Summa theologiae de Santo Tomás de Aquino (I-II, pregunta 94, artículo 4), insiste en la aplicación de la ley, más que en la ley misma, y subraya el papel desempeñado por el juicio de prudencia que, supuestamente, sólo puede ejercerse caso por caso, estrictamente en función de circunstancias únicas y singulares.
Es cierto que las reglas generales establecen un bien que nunca puede ser ignorado o descuidado, pero en su formulación no pueden abrazar absolutamente todas las situaciones particulares. Al mismo tiempo, hay que decir que, precisamente por eso, lo que es parte de un discernimiento práctico en circunstancias particulares no puede elevarse al nivel de una regla.”
Este pasaje no introduce ninguna ambivalencia, propiamente hablando. Simplemente insiste demasiado en una parte de la verdad (la aplicación prudente de la ley), hasta el punto de ocultar la otra parte de la misma verdad (el valor necesario de la ley), que es tan importante como la primera. Por lo tanto, el texto yerra aquí por omisión, causando así una mala interpretación.
El tercer dubium
El tercer dubium plantea la pregunta relativa al párrafo 301: ¿podemos decir que las personas que habitualmente viven de una manera que contradice un mandamiento de la ley de Dios (por ejemplo, el que prohíbe el adulterio) están en una situación objetiva de pecado grave habitual? La respuesta católica es sí. Amoris laetitia dice sobre este tema: "Por lo tanto, ya no se puede decir simplemente que todos aquellos en una situación ‘irregular’ viven en un estado de pecado mortal y están privados de la gracia santificante". Hay que destacar dos puntos:
La frase que acabamos de citar plantea en principio la imposibilidad de hacer una afirmación universal. No niega la posibilidad de decir que los pecadores públicos están privados de la gracia; Sólo niega la posibilidad de decir que todos los pecadores públicos están privados de ella. Esta negación siempre ha sido enseñada por la Iglesia. De hecho, en los actos humanos concretos, existe lo que se denomina causas (o condicionamientos) exculpatorias o atenuantes. Debido a ellas, el pecador puede no ser moralmente responsable de la situación objetiva del pecado. Estas causas incluyen no sólo la ignorancia, sino también las carencias de tipo emocional, afectivo o psíquico, y el párrafo 302 proporciona los detalles, basándose en la enseñanza del nuevo Catecismo de la Iglesia Católica (1992). Sin embargo, estos motivos exculpatorios (aunque sean frecuentes, cosa que aún debe ser probada) exoneran a la persona, pero no ponen fin a la situación objetiva del pecado: el pecador subjetivamente exonerado no deja de estar en esa situación objetivamente. Al omitir esta distinción clave, el pasaje de Amoris laetitia nuevamente introduce la duda.
El cuarto dubium
El cuarto dubium plantea la cuestión relativa al párrafo 302: ¿Podemos decir, desde una perspectiva moral, que un acto que ya es intrínsecamente malo por razón de su objeto nunca puede llegar a ser bueno debido a las circunstancias o a la intención de la persona que lo realiza? La respuesta católica es sí. Amoris laetitia dice: “Un juicio negativo sobre una situación objetiva no implica un juicio sobre la imputabilidad o la culpabilidad de la persona involucrada”. Eso es cierto, pero lo contrario no lo es, y al no decirlo este pasaje nuevamente introduce la duda.
Si una persona divorciada y vuelta a casar peca, lo hace como tal, precisamente porque vive en una situación objetiva de un divorciado vuelto a casar, que es una situación objetiva de pecado grave, y como tal exige un juicio negativo. Si la persona divorciada y vuelta a casar no peca, no lo hace como tal, sino más bien precisamente por razones distintas a su situación objetiva de divorciado y vuelto a casar, que en sí misma conduce al pecado.
Aquí surge la confusión entre la intrínseca maldad de un acto y la imputabilidad de esta malicia al que comete el acto. Las circunstancias del acto y la intención del que comete el acto pueden tener el efecto de anular la imputabilidad de la malicia del acto, pero no de anular la malicia del acto. Esta cuarta duda procede del mismo tipo de omisión que la tercera.
El quinto dubium
El quinto dubium plantea la cuestión relativa al párrafo 303: ¿podemos decir que la conciencia debe permanecer siempre sometida, sin ninguna excepción posible, a la ley moral absoluta que prohíbe los actos intrínsecamente malos por su objeto? La respuesta católica es sí. Amoris laetitia repite aquí la falsa confusión introducida por Francisco en su entrevista con el periodista Eugenio Scalfari, “Entrevista con el fundador del diario italiano La Repubblica”, en L'Osservatore romano, edición semanal francesa, del 4 de octubre de 2013. (Para más información sobre este tema, véase el número de diciembre de 2013 del Courrier de Rome, el artículo intitulado [“Pour un Magistère de la conscience?”]).
Nadie puede actuar contra su conciencia, aunque sea errónea. Sin embargo, decir que la conciencia obliga, incluso cuando es errónea, significa directamente que es incorrecto ir en contra de ella; pero eso no implica en absoluto que sea bueno seguirla. Si la conciencia está en un error, porque no está en conformidad con la ley de Dios, no seguirla es suficiente para que la voluntad sea mala, pero seguirla no es suficiente para que la voluntad sea buena.
Santo Tomás insiste en que la voluntad de los que mataron a los Apóstoles fue mala (Summa theologiae, I-II, pregunta 19, artículo 6, sed contra). Sin embargo, este acto estuvo de acuerdo con su razón errónea (= la conciencia), de acuerdo con lo que dice Nuestro Señor en el Evangelio (Jn 16: 2): "Viene la hora cuando cualquiera que los mate, pensará que presta servicio a Dios." Por lo tanto, esto es la prueba de que una voluntad conformada a una conciencia errónea puede ser mala. Y esto es precisamente lo que Amoris laetitia no explica, provocando aquí una quinta duda.
El Sínodo de la Familia de 2015 que inició esta desastrosa cadena de acontecimientos
Subjetivismo: La raíz de las cinco dudas
Las cinco dudas están, por lo tanto, muy bien fundadas. Su raíz es siempre la misma: la confusión entre el valor moral de un acto, un valor estrictamente objetivo y su imputabilidad al que lo realiza, una imputabilidad estrictamente subjetiva. Aunque puede suceder que la malicia moral no pueda ser imputada subjetivamente, porque la persona que realiza el acto es excusada de él (cosa que tiene que probarse, en la medida de lo posible, en cada caso), el acto siempre y en todas partes corresponde a una malicia objetiva y, por consiguiente, está en la raíz de una situación objetivamente pecaminosa, independientemente de que se impute o no a quien se encuentra en ella. La doctrina tradicional de la Iglesia da primacía a este orden objetivo de la moralidad del acto, que se desprende de su objeto y de su fin o propósito. Amoris laetitia, al invertir este orden, introduce el subjetivismo en la moralidad.
¿Es el subjetivismo la negación de la verdad revelada?
¿Este subjetivismo, entendido tanto en su principio como en las cinco conclusiones que de él se derivan, representa la negación de una verdad divinamente revelada propuesta como tal por un acto infalible del Magisterio eclesiástico? Uno tendría que ser capaz de responder afirmativamente para concluir que Amoris laetitia presenta una herejía en cada uno de los puntos señalados y que Francisco merece la designación teológica equivalente.
Para establecer esta conclusión, sería necesario verificar dos cosas. Primero, ¿son las cinco verdades derribadas por estas cinco dudas tantos dogmas? En segundo lugar, ¿Amoris laetitia niega estos dogmas, o al menos los pone en tela de juicio formal y explícitamente? La respuesta a estas dos preguntas está lejos de ser obvia y segura. Esta nueva teología de Francisco, que prolonga la del Vaticano II, evita este tipo de oposición formal con respecto a las verdades ya propuestas infaliblemente por el Magisterio antes del Concilio Vaticano II. Peca con mayor frecuencia por omisión o por ambivalencia. Por lo tanto, es dudosa, en su misma sustancia. Y es dudosa precisamente en la medida en que es modernista, o más precisamente: neo-modernista.
¿Pretende el Papa afirmar o negar?
El capítulo ocho de Amoris laetitia se define, al igual que los demás, por la intención fundamental asignada por el Papa a todo el texto de la Exhortación, que consiste en “reunir las contribuciones de los dos últimos Sínodos sobre la familia, añadiendo otras consideraciones como ayuda a la reflexión, al diálogo y a la práctica pastoral” (párrafo 4). Por lo tanto, aquí no encontramos más que material para la reflexión, el diálogo y la práctica, y no para una clara negativa o para poner en duda algo. O más bien, si Amoris laetitia se convirtiera en la causa de herejía, sería de una manera absolutamente única, oculta y latente como el propio modernismo. En otras palabras, por su inclinación hacia una práctica y la adaptación, más que en el marco de una enseñanza formal.
Subversión práctica de la doctrina
La herejía (si la hay) del Papa Francisco es la herejía de una subversión práctica, una revolución en hechos, y diríamos sin duda que es ella la que hasta ahora estaba escondida detrás del nuevo concepto de "Magisterio pastoral". En esta área, es difícil hacer censuras doctrinales. De hecho, las censuras establecen una relación lógicamente contraria entre una proposición dada y un dogma previamente definido. Y esta relación sólo podría existir entre dos verdades especulativas, pertenecientes al mismo orden de conocimiento. La subversión, por su parte, consiste en provocar conductas católicas siguiendo principios opuestos a la doctrina de la Iglesia.
Así es como Amoris laetitia, al mismo tiempo que reafirma el principio de indisolubilidad del matrimonio (en los párrafos 52-53, 62, 77, 86, 123, 178), legitima una forma de vivir en la Iglesia que se desprende del principio opuesto a esta indisolubilidad (243, 298-299, 301-303): el Magisterio neomodernista reafirma el principio católico del matrimonio, permitiendo en la práctica que todo suceda como si el principio contrario fuera cierto. ¿Cómo puede alguien censurar eso? ¿La nota de herejía (entendida en el sentido estricto de una evaluación doctrinal) sigue conservando su mismo significado?
Encontrar la expresión apropiada
En este asunto de las censuras, es difícil encontrar la expresión más apropiada, y muy comúnmente los teólogos difieren en sus valoraciones. Sin pretender afirmar que sus intuiciones son falsas, o que las evaluaciones contrarias a las suyas son verdaderas, queremos llamar la atención de los católicos perplejos a un problema que tal vez no siempre se tiene suficientemente en cuenta.
La dificultad de este neo-modernismo propio al Concilio Vaticano II, que se desarrolla mucho más a través de una subversión en hechos que a lo largo de las líneas de una herejía doctrinal en los documentos. Casualmente se nos ha dado una prueba concluyente de este problema, sin intención, por parte del Prefecto de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe.
Cuando fue interrogado el sábado 7 de enero por una agencia de noticias italiana, el cardenal Gerhard Müller declaró que la Exhortación Apostólica Amoris laetitia “es muy clara en su doctrina” y que se puede interpretar de tal manera que se encuentre en ella “toda la enseñanza de Jesús sobre el matrimonio, toda la doctrina de la Iglesia de más de 2.000 años de historia”. Según él, el papa Francisco está:
Pidiéndonos que discernamos la situación de las personas que viven en una unión irregular, es decir, que no observan la doctrina de la Iglesia sobre el matrimonio, y pide que acudamos en su ayuda para que puedan encontrar un camino hacia una nueva integración en la Iglesia.”
En consecuencia, el Cardenal piensa que no sería posible proceder a la corrección fraternal mencionada por el Cardenal Burke, dado que en Amoris laetitia no hay “peligro para la fe” (véanse sus comentarios reimpresos por Nicolas Senèze en La Croix el 9 de enero de 2017). En realidad, el peligro es muy real, y el cardenal Burke reaccionó adecuadamente a esta declaración del cardenal Müller, insistiendo en la necesidad de una corrección pontifical.
No hereje sino promotor de la herejía
El debate, por lo tanto, está lejos de ser inútil, pero no perdamos de vista su objeto: no es el escándalo de una herejía formulada doctrinalmente; es el escándalo de una praxis que despeja el camino para un desafío a la verdad católica sobre la indisolubilidad del matrimonio.
Repitiendo las palabras de San Pío X en su encíclica Pascendi, los defensores de la nueva teología moral proceden con una habilidad tan refinada que se aprovechan fácilmente de las mentes incautas. Promueven la herejía mientras que dan la apariencia de seguir siendo católicos. “Favorecer o promover la herejía”: esto corresponde a la nota teológica que Mons. Lefebvre creía necesaria utilizar para caracterizar la nocividad del Novus Ordo Missae.
Este rito en sí mismo no profesa la fe católica tan claramente como el viejo Ordo Missae, y consecuentemente puede favorecer la herejía ... Lo que es asombroso es que un Ordo Missae que coquetea con el protestantismo y, por lo tanto, favens haeresim [favorece la herejía] pueda ser promulgado por la Curia Romana" (Mons. Lefebvre et le Saint-Office), Itinéraires 233 - mayo 1979, p.146-1-47).
Sin perjuicio de una mejor opinión, recurrimos voluntariamente a ella para describir el gran problema planteado hoy para la conciencia de los católicos por la Exhortación Apostólica Amoris laetitia.