La libertad religiosa según Vaticano II: una cuestión de doctrina

Fuente: Distrito de México

Uno de los textos más problemáticos del Concilio Vaticano II fue la famosa Declaración sobre la libertad religiosa, Dignitatis Humanae, del 7 de diciembre de 1965.

En su párrafo más importante se puede leer lo siguiente:

Este Concilio Vaticano declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Esta libertad consiste en que todos los hombres han de estar inmunes de coacción, tanto por parte de individuos como de grupos sociales y de cualquier potestad humana, y esto de tal manera que, en materia religiosa, ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, sólo o asociado con otros, dentro de los límites debidos. Declara, además, que el derecho a la libertad religiosa está realmente fundado en la dignidad misma de la persona humana, tal como se la conoce por la palabra revelada de Dios y por la misma razón natural . Este derecho de la persona humana a la libertad religiosa ha de ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad, de tal manera que llegue a convertirse en un derecho civil.

Este Concilio Vaticano declara que la persona humana tiene derecho a la libertad religiosa. Esta libertad significa que todos los hombres deben ser inmunes a la coacción por parte de individuos o grupos sociales y de todo poder humano, de tal manera que nadie sea forzado a actuar en una forma contraria a sus propias creencias, ya sea privada o públicamente, solos o en asociación con otras personas, dentro de los límites debidos. El Concilio declara más adelante que el derecho a la libertad religiosa está basado en la dignidad de la persona humana, tal y como esta dignidad se conoce a través de la palabra revelada por Dios y de la razón. Este derecho de la persona humana a la libertad religiosa debe ser reconocido en la ley constitucional que rige a la sociedad y, por tanto, debe convertirse en un derecho civil.

Según esta definición, la libertad religiosa es, por tanto, un derecho sacrosanto basado en la dignidad de la persona humana, la cual debe permanecer exenta de cualquier tipo de restricción en asuntos religiosos. El objetivo de esta Declaración era convertirse en una directriz para los gobiernos en el contexto del pluralismo religioso moderno. En ese entonces, también estaba destinada a enviar un mensaje a los países comunistas donde la religión católica era perseguida.

Para poder comprender en toda su totalidad el impacto de esta Declaración, es importante conocer cómo debería ser una sociedad civil ideal, basada en la naturaleza humana, como la conocemos a través de la razón natural, y en lo que la Revelación cristiana nos enseña. 

El orden justo de la sociedad

La naturaleza humana tiene la capacidad de conocer acerca de la existencia de Dios Creador, y por este mismo hecho tiene el deber de rendirle culto, no sólo de forma individual, sino también colectivamente, como familia pero también como sociedad, pues todas las sociedades son creaturas de Dios. El hombre es por naturaleza un animal racional, social y político.

La Revelación nos dice quién es Dios, cómo se separó el hombre de Él, cómo se llevó a cabo la Redención, cómo se dispensan sus efectos a los hombres, y cómo debe el hombre rendir a Dios el culto público que le debe tanto en espíritu como en verdad: ésta es la misión que Jesucristo confió a su Iglesia, la Iglesia Católica. Esta Iglesia, única arca de salvación para todo el mundo, con un único gobierno bajo la dirección del Papa, tiene, por tanto, el derecho de ocupar un sitio muy especial en cada país.

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