Los frutos de la Pascua - SMS 476

Fuente: Distrito de México

En este Seamos Católicos encontrarán un artículo sobre los frutos de la Pascua y el tema importante de la esterilización, así como el calendario litúrgico del 3 al 17 de abril de 2016.

Estimados fieles:

Deseándoles una feliz y santa Pascua. Que el Divino Resucitado llene sus almas de la gracia. Siempre es importante recordar que el fruto de la Pascua es la renovación de la vida y el conservar las buenas costumbres.

Viendo el devenir de la vida, y el desarrollo de la vida moderna, hace falta recordar ciertos puntos. La insistencia de las campañas en contra de la familia, y la abundante publicidad, hacen cambiar las ideas de los hombres.

Pero esas campañas pasan al terreno práctico y ponen al católico en muchísimos predicamentos. Se propone de manera inusitada la esterilización tanto para el hombre como para la mujer… Quien más corre peligro de esto es la mujer, a quien antes, durante y después del alumbramiento, se le ofrece una ligadura de trompas, la implantación de un dispositivo intrauterino, o la ablación del útero.

Importa entonces que nuestros fieles tengan las ideas claras, para sí mismos, para sus familias... Y hace falta considerar estos temas antes de enfrentar el problema, pues una vez que uno esta dentro del problema, no va a dar con la solución y podría ceder a las presiones. Vamos paso a paso conociendo todas estas cuestiones.

¿Condena la Iglesia la esterilización directa?

Palabras más, palabras menos: Sí. Veamos la enseñanza constante de la Iglesia. Esta condenación se ha hecho tanto por el Papa mismo en distintas encíclicas, como por distintas congregaciones romanas. Veamos algunas referencias.

• Encíclica Casti Connubi: “Los individuos mismos no tienen sobre los miembros de su cuerpo otro dominio que el que se refiere a los fines naturales de aquellos, y no destruirlos o mutilarlos, o de cualquier modo hacerlos ineptos para las funciones naturales, a no ser que no se pueda por otra vía proveer a la salud de todo el cuerpo”. Esta condena se refiere a toda mutilación que el hombre podría llegar a hacer a su cuerpo... ¡incluye todo!

• Santo Oficio en el Decreto del 11 de agosto de 1936: “1. La esterilización hecha con la finalidad de evitar la prole es una acción mala por defecto de derecho en el que la realiza (que se está diciendo: quien lo hace no tiene derecho a hacerlo); por lo que está prohibida por la misma ley natural, aunque lo mande la autoridad privada o pública. 2. La ley hecha para evitar la prole defectuosa por transmisión hereditaria, en cuanto prescribe que se pida o se lleve a cabo una esterilización, es contraria al verdadero bien común, es injusta y no puede obligar a ninguna conciencia. 3. Aprobar, recomendar, o aplicar con autoridad con sentencia judicial esa ley para conseguir una esterilización para evitar la prole, es aprobar la misma esterilización para evitar la prole, es aprobar algo intrínsecamente malo, y por lo tanto deshonesto e ilícito”.

• Santo Oficio, Decreto del 21 de febrero de 1940: “Pregunta: Si es lícita la esterilización directa, ya temporal ya perpetua, tanto del hombre como de la mujer. Respuesta: Negativamente, y está prohibida por la ley natural, y que cuanto a la esterilización eugénica fue reprobada por Decreto de esta congregación el día 21 de marzo de 1931.”

• Pío XII, en su discurso a las comadronas (29/10/1951) dice: “La esterilización directa – esta es, la que tiende, como medio o como fin, a hacer imposible la procreación- es una grave violación de la ley moral y por tanto ilícita… Cuando ahora hace un decenio, la esterilización comenzó a ser cada vez mas ampliamente aplicada, la Santa Sede se vio en la necesidad de declarar expresa y públicamente que la esterilización directa, tanto perpetua como temporal, tanto del hombre como de la mujer, es ilícita en virtud de la ley natural, de la que la Iglesia misma, como sabéis no tiene el poder de dispensar”.

• Pío XII en su discurso al 26º congreso de urología: “Moralmente, no está permitido realizar operaciones en los oviductos sanos”.

• Pío XII, en su discurso al 7º congreso de hematología: “Los mismos principios... prohíben como lícita la extirpación de glándulas y órganos sexuales, con el fin de impedir la transmisión de caracteres hereditarios defectuosos.”

Habiendo visto la mayoría de citas donde se condena la esterilización, veamos exactamente qué es lo que se prohíbe y el porqué.

Razones de la prohibición

Lo que condena la Iglesia es la esterilización directa, aquella que se acepta y desea como fin o medio para no tener más hijos. ¿Por qué se condena? Se opone al fin primario del matrimonio. Dios estableció el matrimonio con leyes, entre esas “Creced y multiplicaos” (Gn 1, 28). Ese es el fin propio del matrimonio, y es el único medio querido por Dios para la propagación de la especie humana. Entendido que el fin primario del matrimonio es la generación, se comprende por qué la condena a tales procedimientos.

Caen bajo la misma condena los medios más modernos que se han descubierto: el dispositivo intrauterino, la píldora anticonceptiva, la píldora del día después, etc. (De los dos últimos hace falta recordar que suelen tener un efecto abortivo).

Un tema importante: la esterilización indirecta

Con cierta frecuencia acontece que ciertos padecimientos, tales como enfermedades hormonales, padecimientos de la piel, infecciones, etc., se deben tratar con químicos que contiene la píldora anticonceptiva. ¿Se puede o no? Dejemos que Pío XII nos responda: “Si la mujer toma ese medicamento, no con intención de impedir la concepción, sino únicamente por indicación médica, como un remedio necesario a causa de una enfermedad del útero o del organismo, ella provoca una esterilización indirecta, que queda permitida según el principio general de las acciones de doble efecto” (Discurso al 7º Congreso Internacional de Hematología, 12 de septiembre de 1958).

Así mismo, en algunos casos, como el cáncer, obligan a veces a la extirpación del órgano enfermo, tales como el útero, ovarios, para salvar a todo el organismo (Esta solución tiene que ser la última posible, debe intentarse salvar la facultad). Es algo de sentido común: para salvar el todo hace falta sacrificar ciertas partes. “La extirpación de ovarios enfermos tendrá como consecuencia necesaria hacer imposible la procreación; pero esta posibilidad no ha sido querida, ni como fin ni como medio” (Discurso al 7º congreso internacional de hematología, 12 de septiembre de 1958).

En ambos casos expuestos, la esterilización es un efecto indirecto de la operación o tratamiento, y no se busca ni como fin ni como medio. Lo que se busca es la curación por el medio más apto.

¿Qué camino le queda a los esposos? La práctica de la virtud, pues la facultad reproductiva nunca puede considerarse una enfermedad.

Moralidad de la esterilización directa

Dejemos a Pío XII hablar: “Cualquier uso del matrimonio en cuyo ejercicio el acto, por industria de los hombres, queda destituido de su natural virtud procreativa, infringe la ley de Dios y de la naturaleza, y los que tal cometen se mancillan con mancha de culpa grave” (Casti Connubi). 

Santo Tomás de Aquino enseña en la Suma Contra Gentes: “Después del pecado de homicidio -por el que se destruye la naturaleza humana que ya existe-, el pecado más grave es el que impide engendrar una nueva naturaleza” (III Suma Contra gentes, 122). Y en comentario a las Sentencias, enseña que frustrar la naturaleza impidiendo la transmisión de la vida, siempre conduce a un uso contra naturaleza y, por consiguiente, al pecado mortal (IV Sententiarum, dist. 32 , al principio).

Conclusión

¿Contra quçe virtud se peca? Contra la virtud de justicia. Hace falta recordar que esta virtud siempre exige la reparación del pecado. Por ende quien ha buscado la esterilización directa y culpable, antes de confesarse debe tener la voluntad de reparar su pecado (condiciónes de la contrición y satisfacción). Por ende: 1. Si es reversible: Debe removerse todo aquello que se ha puesto. Los procedimientos quirúrgicos cada día son más reversibles, y cada vez más obligan a hacerlo... Hace falta consultar con médicos expertos. El culpable debe tener esa voluntad y poner los medios para reparar, en orden a recibir la absolución. 2. Si no se puede reparar, el uso del matrimonio se hace lícito después de una conveniente penitencia. Se podrían buscar medios para reparar este pecado. La adopción podría ser uno de ellos.

Así pues, vistas las cosas, queridos fieles, hace falta siempre tener un firme deseo de cumplir con los designios de Nuestro Señor y no caer en los ardides del mundo. Ese es el fruto que esperamos y deseamos que venga de la Pascua de Nuestro Señor.

Que Dios los bendiga. 

P. Ramírez.


El Seamos Católicos es el boletín oficial del Priorato Nuestra Señora de Guadalupe de la Ciudad de México.

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