México: la Suprema Corte invalida la ley sobre la objeción de conciencia médica
El lunes 20 de septiembre de 2021, la Suprema Corte de México invalidó un artículo de la Ley General de Salud, que preveía en sentido amplio la objeción de conciencia por parte del personal médico para la participación en tratamientos como el aborto.
Para justificar esta decisión, la Corte explicó que "la ley no establece los lineamientos y límites necesarios para que se ejerza la objeción de conciencia sin poner en peligro los derechos humanos de otras personas, en particular el derecho a la salud".
Por tanto, según la Corte, la ley, aprobada en 2018, no permite a los profesionales de la salud invocar la objeción de conciencia "cuando la vida del paciente está en peligro o cuando se trata de una emergencia médica".
El 13 de septiembre, la Suprema Corte comenzó reconociendo el derecho a la objeción de conciencia, agregando que este no restringe el derecho a la salud. El 21 de septiembre discutió los "lineamientos mínimos para el ejercicio de la objeción de conciencia por parte del personal médico" y para decidir si exhortará u ordenará al Congreso de la Unión la elaboración de una nueva ley.
Las reacciones de asociaciones médicas y grupos provida
Marcial Padilla, director de la plataforma provida ConParticipación, comentó que "en lugar de adoptar la objeción de conciencia en su totalidad", la Suprema Corte "la suspendió, alegando que no le gusta su formulación, porque impide la realización del aborto según sus deseos".
El 15 de septiembre, un grupo de 30 asociaciones médicas mexicanas defendieron la objeción de conciencia. Su comunicado expresaba "el rechazo a las resoluciones legislativas y a sus consecuencias que pudieran violar nuestros derechos humanos en el ejercicio de nuestras profesiones".
"Para los profesionales de la salud, la libertad establecida desde hace tiempo, con fundamento científico y el respeto a los códigos éticos que rigen las buenas prácticas, debe ser siempre un derecho absoluto e ilimitado en su ejercicio", declararon.
"El Estado debe garantizar a los médicos, en su calidad de individuos, la protección de sus derechos fundamentales, de manera similar a la protección de los derechos que los pacientes merecen por razón de su sexo, su orientación o su preferencia sexual", señalaron.
"Hoy, las asociaciones de profesionales de la salud se han convertido en un grupo vulnerable ante el intento de restringir su libertad y autonomía de decisión por criterios unilaterales, intentando eliminar su derecho a la objeción de conciencia", advirtieron.
Las asociaciones médicas mexicanas también precisaron que la objeción de conciencia es un derecho humano fundamental reconocido en diversos documentos nacionales e internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
"El médico es un profesional de la ciencia y de la conciencia, que no puede reducirse a un simple instrumento de la voluntad del paciente, porque al igual que este, es una persona libre y responsable con un conjunto único de valores que rigen su vida".
Finalmente, declararon que "las federaciones, asociaciones y consejos del colegio de médicos, como representantes únicos y legítimos de la profesión médica, seguirán siempre vigilantes sobre el buen ejercicio de la medicina, para que se lleve a cabo sin presiones externas, respondiendo incluso a los requisitos éticos y de calidad menos relevantes".
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Fuentes: CNA – FSSPX.Actualités