¿Qué es la eutanasia?
Hoy en día, mucha gente se pregunta lo que hay que pensar al respecto de la eutanasia. He aquí una serie de respuestas por un padre de la FSSPX.
¿Qué es la eutanasia?
Patrick Verspieren define la eutanasia, conforme al derecho, de la manera siguiente: “La eutanasia consiste en el hecho de dar a sabiendas y voluntariamente la muerte; es eutanásico el gesto o la omisión que provoca deliberadamente la muerte del paciente con la meta de poner fin a sus sufrimientos”. El pedido puede venir del paciente o de la familia si no está en estado de manifestarse.
¿No somos maestros de nuestra propia vida?
La vida, dice Santo Tomás de Aquino, es un don que Dios concedió al hombre, y que permanece siempre sometido al poder de Aquel que “hace vivir y morir” (Deut 32[IAMG1] , 39). Así que aquel que se priva a sí mismo de la vida, peca contra Dios, así como peca el que se toma el derecho de juzgar una causa que no es de su jurisdicción. Decidir la vida o la muerte, no le pertenece más que a Dios.
¿La eutanasia va contra la ley natural o la Ley de Dios?
Sí, la eutanasia va contra el quinto mandamiento de la Ley de Dios: “No matarás”. Este mandamiento nos prohíbe atentar contra la vida en general, primero la propia, y después la del prójimo. ¿No habrá alguna excepción, permitiendo la eutanasia para evitar sufrimientos intolerables a los enfermos o una pérdida de dignidad insoportable? Como el asesinato de un inocente es un acto intrínsecamente malo, no puede haber excepciones, pues jamás está permitido hacer el mal, incluso en vista de un bien.
Poner de pretexto que la eutanasia tiene por objetivo evitar a los enfermos grandes sufrimientos inútiles porque su enfermedad es incurable, es falso, no es la única forma de ponerle fin. Numerosos médicos afirman lo contrario. Como el Prof. Julien Israël, cancerólogo y miembro de la Academia de Ciencias Morales y Políticas, que escribe: “No hay ningún dolor ni ningún sufrimiento físico, que la medicina de hoy no pueda controlar y apaciguar”.
¿La solución no está en una mejoría de esta situación por el desarrollo de cuidados paliativos?
Un estado insoportable de decadencia física y mental causada por la enfermedad no compromete el respeto de la dignidad de la persona y no da ningún derecho a morir, pues la dignidad de la persona humana no se juzga por sus funciones biológicas y no se pierde por una disminución de capacidades físicas. “La vida terrestre encuentra su sentido en la vida eterna”; incluso sufriente o inconsciente, la persona conserva su dignidad de un ser creado a la imagen y semejanza de Dios, la dignidad de “un ser de la eternidad”. Es por esto, dice Pío XII (a los médicos cirujanos, 13 de febrero de 1945), que “el médico despreciará cualquier sugerencia que le sea hecha de destruir la vida, aun cuando pueda parecer endeble y humanamente inútil”.
¿Cuál es el sentido del sufrimiento frente a la eternidad?
La Pasión de Nuestro Señor Jesucristo nos enseña que el sufrimiento ofrecido a Dios en sumisión a Su voluntad, tiene un gran valor a Sus ojos. Él permite al enfermo reparar los errores de su vida expiando sus pecados. Uno de los fines de la Extremaunción es, además, el de ayudarlos a soportar sus sufrimientos en ese estado de espíritu, en lugar de buscar huir de ellos a toda costa. El sufrimiento puede ser también maravillosamente fecundo. Dios nos lo enseñó por el ejemplo de muchos santos, como Santa Rafqa (1832-1914).
¿Hasta qué punto debemos curarnos?
El Papa Pío XII, en su discurso del 24 de noviembre de 1957 sobre los problemas de la reanimación, recuerda el grave deber del hombre, en caso de una enfermedad seria, de tomar los medios necesarios para conservar su salud o la de cualquier otra persona. Después precisa: “Pero no obliga habitualmente más que al empleo de medios ordinarios (de acuerdo a las circunstancias de las personas, del lugar, de la época, de cultura), es decir, los medios que no impongan ningún cargo extraordinario para sí mismo o para los otros”. La prudencia de un buen médico será juez de la oportunidad o de la abstención de un tratamiento en la situación concreta del momento, y para el caso dado. ¿Puede uno abstenerse de dar de comer o beber a un paciente? La Congregación para la Doctrina de la Fe dio una respuesta al respecto el 1º de agosto de 2007: “La administración del alimento y de agua por vías naturales o artificiales es en general un medio ordinario y proporcionado de mantenimiento de la vida. Ella es entonces obligatoria en la medida en la que se muestre su finalidad propia, es decir, hidratar y alimentar al paciente”. No está permitido el interrumpir el alimento y la hidratación de un paciente en estado vegetativo permanente, pues esos cuidados son fundamentales a su naturaleza humana.
Padre Denis QUIGLEY
Sacerdote de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X
Fuente: La Porte Latine - La Foi de toujours n° 184 de noviembre de 2015